Es muy común entre los viajeros “cargar” con compras de artesanías, equipos electrónicos, perfumes y licores y varios artefactos pequeños para ser introducidos como regalos a parientes y amigos. Pero, ¿sabe que no puede pasar de la aduana con mercancías que superen el valor de US$500 introducidas como regalos sin que le cobren impuestos?.
Pues la respuesta es que todos los pasajeros aéreos tienen esa restricción, al menos en las aduanas dominicanas, con el único fin de controlar el comercio de mercancías libres de tarifas aduanales.
La Dirección General de Aduanas (DGA) tiene disponible un Manual de Viajero en el que explica cuáles son los artículos permitidos libres de impuestos.
Un pasajero puede cargar con sus objetos personales como ropas, calzados y artículos de higiene y de tocador, una cámara de fotografía, dos celulares, una computadoras personal sea nueva o usada, dos equipos deportivos y los artículos necesarios de uso de bebés, como parte de su equipaje.
También, los viajeros puedan transitar con libertad con medicamentos de uso personal y “en el caso de que los medicamentos contengan sustancias psicotrópicas, deberá presentar la receta médica que sustente su uso”, dice el manual.
Otros equipos con los que se puede viajar son una guitarra. libros y revistas, mercancías propias para uso personal si el viajero padece alguna discapacidad, con hasta 20 cajetillas de cigarrillos, 25 puros o cigarros de tabaco con hasta tres litros de bebidas alcohólicas, sea vino, cerveza, ron, whisky o licor, siempre que sea una persona mayor de edad.
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