domingo, 20 de febrero de 2022

comerciante de Barahona afiliado al programa supérate están con el grito al cielo

 


comerciante de Barahona afiliado al programa supérate están con el grito al cielo por las miles de tarjetas qué salen sin fondo y ni el gobierno le ha explicado Por qué está pasando

los comerciantes están solicitando al gobierno que le dé una explicación porque miles de tarjeta no


tienen fondo al parecer es una mafia qué está operando cómo pasaba anteriormente dejando a las personas más necesitadas sin poder comprar sus alimentos

dicen que muchas personas cuando van a pasar su tarjeta no tienen balance así dejando de comprar los alimentos qué necesitan

anteriormente había una mafia que dejaba sin fondo las tarjetas y al parecer ahora ha surgido otra mafia 

 le pide al presidente de la república qué intervenga Y que investigue lo que está pasando con los fondos de las tarjetas Qué está haciendo millonarios a unos y dejando Sin comida a los más pobres

Asimismo los comerciantes dijeron que iban a salir a protestar porque han hecho inversiones En compra de alimentos y no pueden despacharlo porque la tarjeta no tiene fondo y esto ha ocasionado problemas con mercancía que se han dañado por no poder venderle a las personas qué van a comprarle

TC ordena a Obras Públicas entregar informaciones de fideicomisos para viviendas de bajo costo

 



Santo Domingo, RD

El Tribunal Constitucional ordenó al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) entregar la lista de los nombres y desarrolladores de todos los fideicomisos de construcción para proyectos de vivienda de bajo costo, de conformidad con la Ley número 189-11, sobre Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana.

El TC acogió parcialmente una acción de amparo interpuesta por la señora Coralia Grisel Martínez Mejía en contra del MOPC.

Impuso el pago de un astreinte RD$ 1,000.00 por cada día de retardo en la ejecución de la decisión, en contra de Obras Públicas,  y en favor de la señora Martínez Mejía.  Dispuso que las informaciones sean suministradas en un plazo de 10 días, contados a partir de la notificación de la sentencia.

El Constitucional estableció, en la sentencia TC-0020-22,  que el MOPC es la entidad pública coordinadora para la realización de todos los trámites relacionados con la Ley  189-11, y que por consiguiente es el organismo estatal obligado a suministrar las informaciones requeridas, cuando procediere.

 

Igualmente, señaló que  la señora Martínez Mejía goza del derecho a requerir la información que pretende obtener, cuya solicitud hizo mediante la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública.

 “Se evidencia, además, a la luz de lo dispuesto por el literal i del artículo 17 de la Ley núm. 200-04, que las informaciones solicitadas por ella no están clasificadas como información reservada o confidencial”, indicó la Alta Corte.

Argumentó  que  las informaciones requeridas no tienen el carácter personal o privado a que se refiere ese texto legal, como alegó Obras Públicas, ya que son informaciones generadas y producidas por esa institución. Enfatizó que esas  informaciones públicas caen dentro del ámbito de la Ley 200-04,  de Libre Acceso a la Información Pública.

Recalcó que la entidad pública está obligada a entregar a la accionante las informaciones relativas a las construcciones de viviendas al amparo de la  Ley 189-11. En tanto, el TC rechazó la acción de amparo en lo relativo a la solicitud de otras informaciones.  

Votación

En el fallo consta que  fue adoptado por la mayoría requerida y que no figura la firma de la magistrada Alba Luisa Beard Marcos, debido a que no participó en la deliberación y votación.

Rechazo

 

El TC rechazó un recurso de revisión de sentencia de amparo interpuesto por Obras Públicas contra la Sentencia 340-04-2019-SSEN00376, dictada el  30 de septiembre de 2019 por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo.