miércoles, 7 de septiembre de 2016

La Suprema confirma archivo definitivo de investigación contra Díaz Rúa, con el voto disidente de dos jueces

EL TRIBUNAL QUE CONTÓ CON EL VOTO DISIDENTE DE LA PRESIDENTA MIRIAM GERMÁN BRITO Y DE ESTHER AGELÁN CASASNOVAS

Ramón Cruz Benzán
Santo Domingo
La Suprema confirma archivo definitivo de investigación contra Díaz Rúa, con el voto disidente de dos jueces
La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), confirmó la sentencia que anula la investigación seguida al exministro de Obras Públicas Víctor Díaz Rúa, por la Fiscalía del Distrito Nacional, bajo la acusación de corrupción, lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
El tribunal que contó con el voto disidente de la presidenta Miriam Germán Brito y de  Esther Agelán Casasnovas, tomó la decisión al rechazar dos recursos de casación presentado por la Fiscalía y la Fundación Primero Justicia contra una resolución de la Primera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, dictada el 19 de noviembre del 2014.
El tribunal conformado además por Alejandro Moscoso Segarra, Frank Soto e Hirohito Reyes, en la sentencia consideran que no existen méritos suficientes para casar dicha resolución, por lo que anula de manera definitiva todas las actuaciones de investigación en contra de Díaz Rúa, tras acoger un pedimento de sus abogados,  Juan Antonio Delgado, Ramón Emilio Núñez  y Pedro Balbuena Batista.
Se recuerda que en principio el proceso investigativo contra Díaz Rúa fue anulado por el juez interino Leonardo Cruz, del Cuarto Juzgado de la Instrucción, quien fue designado en el caso en sustitución de la juez Margarita Cristo Cristo, quien se inhibió luego de una polémica pública que sostuvo con la fiscal del Distrito Nacional, Yeny Berenice Reynoso.
Germán Brito y Agelán Casasnovas en su voto disidente entienden que el tribunal debió casar la sentencia que favorece a Díaz Rúa y enviar el expediente para fines de conocimiento a otro tribunal diferente al que conoció el proceso de solicitud de anulación.

No hay comentarios:

Publicar un comentario